13 Ago Optimiza tu potencia: ¿Qué es la potencia normalizada? (parte II)
Recientemente te explicamos los mecanismos de los que dispones para ahorrar ajustando la potencia a tus necesidades reales. En esta entrada, explicaremos las llamadas “potencias normalizadas” y te detallaremos cómo se calcula la potencia que se cobra en tu factura.
¿Qué es la potencia normalizada?
En 2006, con el objetivo de cohesionar y ordenar el mercado, el gobierno normalizó las potencias eléctricas. En el BOE se publicó una tabla que especifica qué potencia podrás contratar (tanto en instalaciones monofásicas como trifásicas) en función de la intensidad del Interruptor de Control de Potencia (ICP). Así pues, si acordaste tu tarifa antes de 2006, es posible que tu potencia no esté normalizada. Si éste es el caso, estás obligado a efectuar la normalización si:
- Quieres efectuar una nueva contratación.
- Tienes un contrato antiguo y quieres modificar tu potencia.
- Tienes un contrato antiguo y quieres cambiar de tarifa.
Para saber qué potencia debes contratar, te recomendamos la lectura de este artículo. También puede serte de utilidad consultar el CIE o BIE, un documento que certifica la eficiencia y seguridad de la instalación, además de detallar la tensión del suministro, la máxima potencia admisible de tu instalación y otros datos relacionados con el suministro. ¿Cómo se factura la potencia? En línea con nuestro compromiso con la transparencia y para que nuestros clientes puedan comprobar que pagan sólo por lo que necesitan, a continuación explicamos las claves que determinan la potencia a facturar según el controlador de potencia de la instalación. En suministros sin controlador de potencia por maxímetro (2.0A, 2.0DHA, 2.1A y 2.1DHA), se facturará la potencia contratada. En suministros con controlador de potencia por maxímetro (3.0A y 3.1A), se facturará según la potencia máxima alcanzada en el período de facturación. De este modo podrás saber de un modo más rápido y sencillo si la potencia contratada es la que más se ajusta a tus necesidades, pudiendo detectar cualquier desequilibrio de un vistazo:
- Si en el período de facturación no alcanzas el 85% de la potencia contratada, te facturaremos únicamente el 85% de la misma.
- Si consumes entre el 85% y el 105% de la potencia contratada te facturaremos la potencia que marque el maxímetro.
- Si la potencia maxímetro supera el 105% de la potencia contratada se facturará con penalización: la fórmula es el doble de la diferencia entre la potencia maxímetro menos el 105% de la potencia contratada más la potencia maxímetro. (PM – 105% PC) x 2 + PM.
Conoce si la potencia que tienes contratada en tu tarifa de luz esta optimizada ¡Llámanos y sin ningún compromiso te realizaremos un estudio! *Información publicada en este apartado está actualizada a fecha 12/08/2015, ante cualquier duda, por favor, contactar con nosotros en el 93 118 06 00.]]>